• La Justicia ve ‘accidente de trabajo’ en la muerte por COVID

    La justicia ha declarado ‘accidente de trabajo’ la muerte por COVID al inicio de la primera ola de la pandemia del delegado sindical de la contrata de mantenimiento del Hospital de Alcázar de San Juan. Condena a su empresa y a la aseguradora de ésta a abonar a la hija del fallecido la indemnización prevista ante esta contingencia en el convenio colectivo del Metal de Ciudad Real.

    La justicia ha declarado ‘accidente de trabajo’ la muerte por COVID al inicio de la primera ola de la pandemia.
    Imagen de archivo.

    José Ángel Olivares, trabajador del Hospital de Alcázar, falleció de COVID a los 51 años

    CC OO-Industria valora esta sentencia del juzgado de lo Social nº 2 de Ciudad Real, que ya es firme, puesto que la aseguradora condenada ha renunciado a recurrirla y ha cumplido ya el pago indicado por la magistrada.

    “No hay dinero en el mundo que alcance a restituir la pérdida de un padre; pero se ha hecho justicia, lo que nos congratula siempre, y más en esta ocasión, por cuanto la justicia que se le hace a un trabajador víctima de un accidente de trabajo puede tener de reparadora para su huérfana, subraya el sindicato.

    Justicia que, además, se dicta en y para la aplicación de un convenio colectivo en cuyas sucesivas negociaciones participó habitualmente, como miembro del equipo de CC OO, José Ángel Olivares, fallecido por COVID el 27 de marzo de 2020, a los 51 años de edad.

    Estuvo trabajando hasta el viernes 21. El lunes 23 inició baja laboral por ‘contacto o exposición infecciosa’. El miércoles 25 se le realizó una PCR, que resultó positiva. Falleció el viernes 27 por ‘neumonía bilateral COVID-19, síndrome de distrés respiratorio agudo, insuficiencia respiratoria hipoxémica severa’.”

    Indica la magistrada de lo Social que “toda vez que ha quedado acreditado que el fallecimiento siguió sin solución de continuidad a la incapacidad temporal y que fue motivado por el virus que determinó el inicio de ésta, ya sería suficiente para declarar que la contingencia fue el accidente de trabajo.”

    Estuvo constantemente expuesto a “un riesgo cierto y probable de contacto con el virus”

    “Su trabajo consistía en reparar elementos averiados (camas, sistemas de oxígeno, equipos de ventilación, etc.) así como, y en época inicial de la pandemia con frecuencia diaria, instalar y montar más camas y equipos en las habitaciones donde ya había enfermos de COVID, pues la necesidad y urgencia en los ingresos de pacientes en esos primeros momentos, desbordó al Hospital (…)”

    “(…) en esos días de inicio COVID montaron muchos equipos en las habitaciones y plásticos que separaban espacios tanto en urgencias como en UCI; y solo llevaban guantes y mascarilla (…)”

    Constata así la magistrada que José Ángel estuvo “al menos desde principios de marzo, hasta el 21 de marzo”, constantemente expuesto a “un riesgo cierto y probable de contacto con el virus.”

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