• ¿Qué cambia en Albacete, Toledo y Ciudad Real con la Fase 3?

    Castilla-La Mancha completará el paso a la Fase 3 este lunes, 15 de junio, con Albacete, Ciudad Real y Toledo. El cambio supone libertad de movimiento entre las provincias de la región, así como la apertura de las discotecas o bares de copas; aumentan todos los aforos y se acaban los horarios. No obstante, el consejero de Sanidad, Jesús Fernández, ha puntualizado, ante el anuncio del Ministerio de Sanidad, que la movilidad entre estas tres provincias, de momento, se pospone. “La movilidad es la parte más importante del contagio, y la movilidad es lo que hace al virus estar presente o no entre nosotros”, ha advertido.

    Albacete Toledo Fase 3

    El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge que podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. La misma Orden especifica que en esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

    Mercadillos

    En el caso de los mercadillos se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados. Los ayuntamientos podrán en este caso aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.

    Hostelería

    En el ámbito de la hostelería las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad.

    En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

    Y en cuanto a los bares de copas y discotecas, tendrán servicio de mesa y barra, peor no pista de baile.

    Actividades culturales

    En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

    La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala. Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%.

    Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

    Ocio juvenil

    Otro de los capítulos de la Orden indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

    Grupos de un máximo de 20 personas

    En esta fase se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia y no quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al COVID-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

    Velatorios en la Fase 3

    Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados. Las ceremonias nupciales podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

    El BOE

    Las medidas de la fase 3 las publicó el BOE en una orden el pasado 30 de mayo.

    Pasan a la Fase 3:

    • Castilla-La Mancha: Ciudad Real, Toledo y Albacete.
    • Castilla y León: León, Zamora, Palencia, Valladolid y Burgos.
    • Cataluña: Gerona y Cataluña Central.
    • Comunidad Valenciana.
    • Ceuta.

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