• Consecuencias de reprimir los instintos

    El Autor

    Juan Solera Albero

    Médico de Atención Primaria, coordinador del Centro de Salud Zona VII

    Desde  el   inicio  del calor este  verano, estoy asistiendo a una sintomatología frecuente como es la disuria. Cierto que  por  estas  épocas del año  es más  corriente, pero cuando se observa  que  suelen ser  mujeres jóvenes, que  tienen una  actividad laboral que se asemeja y  se añade el comentario que no pueden  ni orinar  durante la jornada de trabajo, pues ya uno se  pone  en alerta y comienza a preguntar.

    El asunto  está  muy claro. Infecciones del tracto urinario  inferior en mujeres jóvenes y casi todas cara al público. Dependientas, informadoras, cajeras…es decir, dar  la  cara y estar  en el sitio y en el momento. No tienen tiempo ni autorización para la micción.

    El instinto primario se reprime y las consecuencias pueden depender de la frecuencia y la magnitud con la que se mantiene la vejiga llena. Aguantarse las ganas de orinar de forma ocasional no va a tener  consecuencias apreciables para la salud. Que el retrasar la micción sea algo más habitual y cotidiano, sí. Hay riesgo apreciable y un aumento del riesgo de padecer infecciones urinarias de la vejiga, es decir, cistitis.

    Las  necesidades  fisiológicas forman parte de la vida misma y son necesarias para el buen funcionamiento del organismo. Evitar o inhibir el reflejo de la micción puede traer consecuencias.

    Se podría dar explicaciones científicas sobre los motivos por los que no se debe aguantar la micción y las consecuencias de ello, pero esta nota de denuncia es para recordar que hay una obligación y un derecho, evacuar vejiga y cumplir en el trabajo van innatos, no pueden separarse, forma parte de un todo y  si se debe ausentar unos minutos por algo tan vital como es evacuar la vejiga, hágase.

    Trabajar nunca debe  perjudicar la  salud. Debemos concienciar a las empresas, sindicatos y las mutuas  de esta  necesidad vital y derecho irrenunciable. Tiene  que  ser  reconocido y si  hace falta especificarlo  en el contrato, hágase.