
Sillas de ruedas, muletas, calzado o prótesis. El paciente de Castilla-La Mancha que necesite material ortoprotésico no tendrá que adelantar el dinero. Tendrá que ir a la ortopedia con la prescripción de su médico.

Los pacientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que cuenten con la prescripción por parte de su facultativo de referencia de alguno de los materiales ortoprotésicos incluidos en el Catálogo del Sistema Nacional de Salud, no tendrán que hacer frente al pago por adelantado de estos productos, sino que será el propio Sescam quien abonará al establecimiento dispensador el coste de este material.
Será el propio Sescam quien abonará al establecimiento dispensador el coste de este material
Esto será posible gracias a una Resolución de la Dirección Gerencia del Sescam publicada este lunes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha por la que dictan las instrucciones de adhesión de establecimientos.
Los establecimientos que se adhieran pasarán a formar parte de un registro que se creará en la Dirección General de Asistencia Sanitaria, que será público y que se podrá consultar en la página web del Sescam.
Las ortopedias que se adhieran pasarán a formar parte de un registro
Hasta ahora, cuando un paciente recibía la prescripción, era él quien debía abonar el importe completo a la ortopedia y, posteriormente, el Sescam le reembolsaba la parte del gasto.
Con la publicación de esta Resolución, el procedimiento varía, ya que no tendrán que soportar el esfuerzo económico que supone desembolsar la totalidad del importe de este material.
El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha abonará a la empresa adherida el importe del artículo ortoprotésico suministrado al paciente, teniendo en cuenta las cantidades máximas establecidas en el Catálogo de Material Ortoprotésico.
Proceso administrativo
Para ello, se ha diseñado un procedimiento administrativo sencillo, que pivota sobre la colaboración de los establecimientos dispensadores de material ortoprotésico de la región, que podrán adherirse al Sescam, previa presentación de la correspondiente solicitud.
Material ortoprotésico
La prestación ortoprotésica consiste en la utilización de productos sanitarios, implantables o no, cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su función.
No constituyen parte de esta prestación los efectos y accesorios, ni los artículos ortoprotésicos destinados a uso deportivo, ni los empleados con finalidad estética, ni aquellos dirigidos al público en general.