• Enfermería advierte de “delito” al vacunar

    “Si las enfermeras administraran directamente las vacunas, estarían cometiendo un delito de intrusismo profesional tipificado en el Código Penal, al tiempo que estarían también vulnerando el Código Deontológico de la Enfermería Española que establece que la enfermera no debe aceptar el cumplimiento de una responsabilidad que no sea de su competencia”. Así de tajante se ha mostrado el Colegio de Enfermería de Albacete en un comunicado ante los problemas que están surgiendo en los centros de salud con la vacunación de la gripe.

    Además, el Colegio considera que, como se trataría de una vulneración de la Ley por parte de las enfermeras, “el seguro de responsabilidad profesional no actuaría en caso de siniestro porque las pólizas de dichos seguros no cubren, obviamente, los casos de intrusismo profesional”. De hecho, el Colegio insiste en que ya ha habido enfermeras inhabilitadas por prescribir medicamentos. Así, recuerda el caso de la enfermera valenciana inhabilitada en su ejercicio profesional durante un año y medio por sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Valencia por haber administrado de forma autónoma un paracetamol a un paciente, sin prescripción médica previa, a pesar de que dicho medicamento sí estaba indicado para dicho caso y no existió ningún efecto adverso.

    vacunaLa Mesa de la Profesión Enfermera asegura que desde los Servicios Regionales de Salud han emitido instrucciones para que los enfermeros realicen la administración de la vacuna antigripal “aun incumpliendo los requisitos establecidos”.

    El Colegio de Enfermería recomienda, al chocar el Decreto de Prescripción Enfermera con la campaña de la gripe: “Instamos a los profesionales de enfermería que deban participar en la campaña vacunación antigripal, con el fin de evitar cualquier tipo de sanción o apertura de expediente administrativo, se dirijan por escrito a sus superiores jerárquicos solicitando que se les comunique también por escrito la instrucción concreta a seguir para proceder a la administración de la vacuna antigripal, aun no cumpliéndose los requisitos establecidos legalmente en el RD”.