• Éxito judicial para los interinos del Sescam

    El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Toledo ha reconocido el derecho de los interinos del Sescam a cobrar el complemento de la carrera profesional. La justicia reconoce así a los interinos un derecho que los equipara al personal estatutario fijo, tal y como señala Comisiones Obreras (CC OO), sindicato que ha llevado el caso.

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    Un juzgado reconoce el derecho de los interinos del Sescam a cobrar por la carrera profesional

    El Sescam tendrá que abonar más de 17.000 euros a la interina que lo ha demandado

    El Sescam tendrá que abonar más de 17.000 euros a la interina que lo ha demandado; a la que además se le reconocen “los correspondientes derechos administrativos y de seguridad social”.

    La sentencia, según explica CC OO, de acuerdo con la jurisprudencia, subraya que la negativa del Sescam a pagar a su personal estatutario temporal un complemento salarial que sí cobra el personal fijo “conculca el derecho fundamental a la Igualdad (artículo 14 de la Constitución)”.

    “Se está vulnerando un derecho fundamental de los interinos del Sescam. Aun con un grado de carrera profesional reconocido, se les niegan los efectos económicos. La sentencia es muy ordenada y muy clara. Clara, clara, clara”, ha destacado la secretaria de Acción Sindical de CC OO-CLM, Carolina Vidal, en la rueda de prensa ofrecida junto a la secretaria general de CC OO-Sanidad CLM, Chelo Cuadra.

    CC OO pide al Sescam que no recurra

    Esta decisión puede afectar a 3.000 interinos

    Por ello, aunque el Sescam puede recurrir, CC OO ha pedido a la Administración que cuantifique y liquide de oficio las cantidades que adeuda a todas las personas interinas del Sescam afectadas por esta sentencia -potencialmente, unas 3.000, según los cálculos del sindicato-, y evite así tener que emprender procesos judiciales individuales.

    Así lo hizo el pasado mes de septiembre una enfermera-due que lleva trabajando como interina en el Sescam desde 1995 y tiene reconocidos los grados I y II de la carrera profesional.

    La sentencia recalca que, al negar a los interinos los derechos económicos asociados a la carrera profesional, el Sescam viene incurriendo en una “evidente diferencia de trato entre el personal estatutario temporal y el personal estatutario fijo”, que “no está justificada” y “conculca el derecho a la Igualdad, con la consiguiente vulneración del artículo 14 de la Constitución”.

    Seguridad Social

    Por lo atrasos de esos cuatro años, el Sescam tendrá que abonar más de 17.000 euros a la demandante; a la que además se le reconocen “los correspondientes derechos administrativos y de Seguridad Social”.

    El Sescam cuenta con una plantilla de unas 30.000 personas, de las que en torno al 10% son interinas.

    “A fecha de hoy la carrera profesional sigue suspendida y en la hoja de ruta del Gobierno regional y del Sescam no parece que esté en la idea de negociar su recuperación. Pero dada la jurisprudencia y el contexto económico ya toca recuperarla”, ha señalado Cuadra.

    Hemeroteca:

    “Me llamo Bea y soy un número para el Sescam”

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