
La Consejería de Sanidad ha decretado el confinamiento del municipio ciudadrealeño de La Solana ante la incidencia de la pandemia por coronavirus. Con 15.449 habitantes, La Solana ha registrado 256 contagios entre el 7 y el 20 de diciembre.

La Solana pasa a cierre perimetral
El toque de queda empezará a las 22,00 horas
Se cierran bares y restaurantes
En las semanas 50 y 51 se han registrado un total de 256 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en 14 días de 1.653,9 casos/100.000 habitantes.
Por lo tanto, los indicadores epidemiológicos no sólo no han mejorado con la adopción de medidas de Nivel 3 sino que han empeorado sustancialmente observándose una tendencia creciente muy acusada.
Las claves del cierre de La Solana
1) Cierre de bares, restaurantes y similares.
2) Suspensión de todo tipo de actividades grupales de ocio, eventos culturales y deportivos de más de 6 personas.
3) Implantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día a las 7:00 horas del día siguiente.
4) Confinamiento perimetral del municipio, permitiéndose únicamente las entradas y salidas del mismo por razones laborales o por actividades imprescindibles (atención sanitaria, obligaciones legales y salidas de retorno al domicilio de origen).
5) Mantener una estrecha vigilancia del cumplimiento de las medidas establecidas y de la evolución de los indicadores epidemiológicos.
Mayores
Se procede al cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
Se suspende la actividad en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad.
Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible.
Bodas, comuniones y bautizos
En las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características que se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones diferentes de los locales de hostelería y restauración, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
Las salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas, en los que no exista servicio de hostelería, se limitará el aforo máximo al 30% del establecido.
Residencias
En este contexto de confinamiento, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
Tampoco se permitirán las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
No se permitirán salidas
No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento.
Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar.
Personas con discapacidad
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas.
Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Asimismo, los trabajadores que, tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana, se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Actividades Religiosas
En relación con los velatorios y comitivas fúnebres, se permitirá un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.
Además, se opta por la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.
Medidas Complementarias
La Consejería de Sanidad también decreta la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
Competiciones
Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.
Asimismo, se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
En cuanto a las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural, verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.
Academias y autoescuelas
- Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50% por ciento del habitual.
- Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.
- Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.
- Congresos, seminarios y actividades de índole similar se celebrarán siempre que no se supere el número máximo de seis personas.
- Los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.
- En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 20% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores.
- Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.
- Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad
Mercadillos
Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
Parques y jardines
Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico- sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.
La ocupación de autobuses urbanos y taxis se reduce al 50%.
Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.