El uso de las mascarillas ya está regulado y serán obligatorias en España, a partir del 21 de mayo y desde los seis años, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Así lo advierte el Boletín Oficial del Estado, que no habla de multas por el hecho de no ponerse esta nueva prenda.
Dónde
- En la vía pública.
- Al aire libre donde no se puedan guardar dos metros de distancia.
- En cualquier espacio cerrado.
Las mascarillas, preferiblemente quirúrgicas, serán obligatorias en España con las siguientes excepciones:
a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de éstas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Recomendable entre tres y cinco años
Así, mediante este nueva orden relacionada con el coronavirus se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Además, el BOE puntualiza que es recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.