• Respuestas a las restricciones sanitarias de movilidad

    El cierre perimetral de todos y cada uno de los municipios de Castilla-La Mancha implica una serie de dudas que pueden resolver las preguntas y respuestas detalladas a continuación. No obstante, desde el 19 de enero y, en principio, hasta el día 29, la movilidad está restringida al término municipal.

    Se puede salir tanto para ir al médico como para acompañar a un enfermo

    • Tengo cita para renovar el DNI o pasar la ITV fuera de la localidad ¿puedo acudir?

    Sí, porque la renovación de permisos o documentación oficial es una de las excepciones que permiten la salida del municipio confinado perimetralmente.

    • ¿Puedo salir de mi municipio a realizar labores agrícolas?

    Sí, porque es un desplazamiento laboral.

    • Mi padre es una persona mayor y tiene cita del médico ¿puedo acompañarle?

    Sí, porque ese familiar es una persona mayor siempre que no tenga la posibilidad de desplazamiento y debe acudir a una cita médica que es una de las excepciones permitidas, permitiéndose exclusivamente un acompañante con carácter general.

    • ¿Podrían ir dos personas en un vehículo a buscar o a llevar a una persona mayor a otro municipio?

    No, con carácter general. Se considera que una persona, que será la que conduce, es bastante para efectuar el traslado, salvo que quien conduzca se viera impedido para encargarse de la movilidad de la persona mayor; en este último caso, se permitiría que viajaran dos personas con la persona mayor, considerando que estamos ante una situación de necesidad y siempre justificando la necesidad del traslado.

    • ¿Puedo salir del término municipal a practicar deporte?

    No, no está permitido. Solo dentro del término municipal.

    • ¿Puedo practicar la caza?

    Sí se permiten la entrada y salida del territorio de la Comunidad Autónoma para la práctica de la actividad cinegética al considerarla como actividad necesaria

    • ¿Puedo salir de mi municipio para recoger a alguien que llega en transporte (ferroviario, aéreo) a las 23:00 horas; teniendo en cuenta que esta persona no tiene medio de transporte? De ser así, ¿Cómo podría justificarlo?

    No, no puede con carácter general, puesto que no es una situación ni de necesidad, ni de fuerza mayor ni análoga, en la medida en que existe servicio de taxi o transporte público, del que puede hacer uso el viajero. También puede alojarse en un establecimiento hotelero y continuar su viaje a la mañana siguiente en transporte público.

    • ¿Puedo desplazarme a otro municipio para asistir a una congregación religiosa?

    No, porque no es una causa justificada.

    • ¿Soy autónomo, como justifico mi desplazamiento al lugar donde está ubicado mi negocio?

    Deberá llevar consigo el alta en el RETA y documentación que acredite el centro de trabajo. Si el servicio se presta a terceros en sus domicilios particulares, será la suficiente la orden de trabajo.

    • Ni Policía Local, ni Policía Nacional, ni Guardia Civil expiden documentos que justifiquen el desplazamiento, ni la Delegación Provincial de Sanidad.

    Fuente: Gobierno de Castilla-La Mancha.

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