• Sescam: la salud es lo de menos

    El Autor

     Lorenzo Sentenac Merchán

    Médico de Atención Primaria

    Parece inverosímil, impropio del siglo XXI, que unos sanitarios del Sescam que atienden pacientes en un servicio de urgencias (los PAC de nuestros centros de salud), con la responsabilidad que ello conlleva sobre la salud y la vida de estos, se vean impotentes para lograr conocer las normas de trabajo seguro específicas de su puesto de trabajo PEAC.

    normas trabajo seguro Sescam

    Ese conocimiento es un derecho que la norma vigente les reconoce (circular 2/2011: sobre información en materia de riesgos laborales), norma que al parecer el Sescam ha emitido solo a título de inventario o con ánimo cosmético, o de superar alguna inspección en falso, pero sin ninguna intención de que se cumpla, tanto en lo que se refiere a su conocimiento por parte de los interesados, como en lo que se refiere a su aplicación efectiva.

    Todo ello dibuja un escenario muy poco serio e irresponsable en el que tiene cabida que un grupo de profesionales PEAC (médicos y enfermeros) ande peregrinando de despacho en despacho, de teléfono en teléfono, y casi mendigando que la norma (circular 2/2011) se cumpla y alguno de los “responsables” que la norma señala para esa obligación, les haga entrega de las NORMAS DE TRABAJO SEGURO específicas de su puesto de trabajo (PEAC), y todo ello en orden a la prevención de efectos perniciosos sobre su salud, y secundariamente sobre la de los pacientes que atienden.

    Este imperativo legal deriva de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (dictada en desarrollo del artículo 40.2 de nuestra Constitución y de la Directiva 89/391/CEE) que consagra el derecho de los trabajadores a ser informados en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

    De acuerdo con lo establecido en el Plan General de Prevención de Riesgos Laborales, publicado mediante Resolución de 05-12-2003, “la gestión de la prevención garantizará la información de todo el personal, eliminando las barreras que impidan su realización”.

    Uno de los objetivos de esas normas de trabajo seguro es evitar las situaciones de agotamiento que suponen un riesgo para los profesionales y para los propios pacientes. Para ello se establece -entre otras medidas de prevención- determinada rotación de los turnos: por ejemplo, que al personal PEAC de nuestros centros de salud no se le pueda asignar la guardia del viernes (17 horas de trabajo continuo, incluida la noche) y la del domingo subsiguiente (24 horas de trabajo continuo, incluida la noche), puesto que esas normas de trabajo seguro específicas de su puesto de trabajo (ejemplo norma número 11) promueven (luego diremos más sobre esto) que este personal PEAC, que además cumple todas las definiciones legales de personal nocturno, debe descansar “varios” días tras un turno con noche.

    Un derecho

    Es derecho de estos profesionales PEAC, tal y como establece la circular 2/2011, que se les haga entrega de esas normas de trabajo seguro para su conocimiento y firmar un “recibí”. Obviamente mientras no las reciban no pueden firmar un “recibí”, esto es de Perogrullo. Sin ese trámite es imposible que “conozcan” por el procedimiento legal que la norma señala, cual o cuáles son las normas de trabajo seguro específicas de su puesto de trabajo, y menos aún que se cumplan o reclamar que se cumplan.

    En este sentido puede afirmarse una vez más (al menos referido a determinados puestos de trabajo de nuestra atención primaria, como es el puesto PEAC) que la seguridad y salud de los sanitarios del Sescam es lo de menos y bien de escaso valor para los gestores, que sin embargo cuidan la suya.

    Viene esto a coincidir con el hecho de que estos dispositivos de urgencias (PAC) son escenario frecuente de situaciones de riesgo, violencia grave, inseguridad, etc., sin que el Sescam cumpla con su obligación legal de proteger a sus trabajadores.

    Instrumento necesario para esa protección sería que las normas de trabajo seguro del puesto PEAC, que el propio Sescam emite, se den a conocer a sus titulares y se cumplan. Al día de hoy eso no ocurre. Ni en lo que se refiere a la información, ni en lo que se refiere a su cumplimiento. Lo cual dibuja un panorama cutre y tercermundista en un país (o Comunidad) que se dice avanzado.

    Odisea administrativa

    Digamos algo sobre la odisea administrativa de estos trabajadores (médicos y enfermeros PEAC), náufragos en un laberinto kafkiano.
    Primero se han dirigido al Director gerente de atención primaria. El resultado es que siguen sin conocer cuál o cuáles son las normas de trabajo seguro especificas de su puesto de trabajo PEAC, y lo que es más importante: esas normas siguen sin aplicarse.

    Les ahorro los argumentos gerentes cuya finalidad es el escaqueo bizantino y cuyo resultado último es la falta de transparencia y el incumplimiento de la norma (circular 2/2011). Quédense como resumen con la inutilidad del trámite y la vacuidad de esos despachos.

    Acto seguido comunican nuestros náufragos con el Director Médico de su gerencia de atención primaria (por ausencia momentánea y vacacional del Director gerente), y el resultado es el mismo: siguen sin poder conocer esas normas de trabajo seguro, y siguen sin poder firmar el “recibí” por la simple razón de que no reciben nada. Eso se llama transparencia y cumplimiento de la norma por la Administración que la emite.

    Papel mojado

    La circular 2/2011 es papel mojado, o lo que sería más grave: desde los despachos se hace lo imposible, con aplicado esfuerzo, para que esa norma de seguridad (del Sescam) se desconozca y/o se incumpla. Esto es peligroso. Peligroso para los sanitarios y peligroso para los pacientes.

    Acto seguido nuestros náufragos en tierras de sequía sin agua se dirigen al Servicio de prevención de riesgos laborales, que así dicho suena muy bien, otro de los “responsables” que la norma señala para hacer entrega de esa información y archivar el “recibí” correspondiente. Volvemos a subrayar lo obvio: sin recibir nada no se puede firmar un “recibí”. Al menos en el resto del orbe civilizado.

    Tras nuevas (y ya viejas) argumentaciones bizantinas que no vienen al caso, guiadas por una política de escaqueo (como no), el resultado viene a ser el mismo: nuestros profesionales, a los que lógicamente su salud y la de los pacientes que atienden les preocupa, siguen sin conseguir su objetivo: que la circular 2/2011 se cumpla, y alguno de los “responsables” que la norma señala para ese fin les haga entrega de las normas de trabajo seguro específicas de su puesto de trabajo PEAC, pueda archivarse el “recibí” correspondiente, firmado y todo, y a partir de ahí se cumplan. Siempre que se reciba algo, claro está.

    Náufragos

    En el trámite con el Servicio de prevención de riesgos laborales nos preocupa un matiz: nos dan a entender -entre líneas, sottovoce– su falta de independencia. Nos informan que esas normas de trabajo seguro se emiten desde Servicios Centrales del Sescam, y por tanto, pasando la pelota de un tejado a otro, nos aconsejan dirigirnos a ellos, o bien a los sindicatos. Continua el naufragio.

    Todo esto parece impropio de un país desarrollado y en pleno siglo XXI, pero es real. Y es que una cosa es la apariencia y la publicidad y otra lo que subyace al simulacro.

    Digamos algo entretanto sobre los “responsables” que la norma establece para esta función de información y cumplimiento:

    Los titulares de los órganos administrativos con competencia en materia de personal, son los primeros que se nombran, los cuales “deberán conservar a disposición de la Autoridad competente los documentos acreditativos de la entrega de dicha información”.

    El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales es el encargado de elaborar las Normas de Trabajo Seguro”, puede leerse también.

    Después se señala también como responsable al Delegado de Prevención como representante de los trabajadores, que “dispondrá de toda la información que se entrega a los trabajadores y podrá participar en la entrega de la misma”.

    Sigamos leyendo:

    Los Responsables directos de los trabajadores son los encargados de informar a los trabajadores a su cargo sobre los riesgos específicos para la seguridad y salud laboral y sobre la forma de llevar a cabo las tareas de forma correcta y segura”. Inciso:ellos, los gestores, son los primeros que hacen su tarea de forma incorrecta, alimentando la inseguridad.

    Los Servicios de Personal deberán entregar las Normas de Trabajo seguro a los trabajadores… y registrar dicha entrega”.

    Dónde están esas normas

    ¿Cómo es posible que con tantos “responsables” con “obligaciones” claras, meridianas y bien descritas, los sanitarios PEAC del Sescam no logren que alguien les entregue esas normas de trabajo seguro, específicas de su puesto de trabajo? ¿Hay gato encerrado? No, es mas sencillo. Ocurre que si esas normas (lean en el Diccionario de la RAE la definición de “norma”) se conocen y se aplican, no se les puede explotar laboralmente ni considerar su salud un bien de escaso valor. Y esto en un servicio “sanitario”.

    Para acabar de describir esta odisea digamos que nuestros náufragos también entraron en contacto con la Dirección de recursos humanos del Sescam (Servicio Centrales) en busca de puerto seguro. Nada más inseguro que esto.

    Lo que esa Dirección de Servicios Centrales nos facilitó fue conocer la existencia de un modelo de impreso oficial (el “recibí”) en que se deja constancia de que se ha hecho entrega al trabajador de las “normas de trabajo seguro” específicas de su puesto de trabajo, tal y como establece la circular 2/2011.

    Ocurre, y es comprensible, que sin recibir esas normas es absurdo e improbable que el receptor (que no ha recibido nada) firme el famoso “recibí”. Y este es el caso: seguimos sin recibir las normas de trabajo seguro específicas del puesto PEAC, y en nuestro centro y otros muchos siguen sin aplicarse. Mes tras mes, en los calendarios de turnos de trabajo esa norma de seguridad no se cumple.

    Desprecio

    Este desprecio de los gestores (algunos de ellos sanitarios) por la salud de sus trabajadores, tiene sus consecuencias. Este puesto de trabajo, PEAC, es fuente abundante de problemas de salud y deterioro rápido. Muchos profesionales acaban quemándose y reventando.

    Es la consecuencia lógica y esperable del trabajo nocturno en un servicio de urgencias donde se ven pacientes a destajo durante 17 o 24 horas (en algunos PAC 65 horas seguidas) durante toda una vida laboral, cuando encima no se respetan las normas de trabajo seguro que intentar contrarrestar o aliviar las consecuencias de ese trabajo nocturno sobre la salud.

    Desidia

    Esta desidia y esta mala gestión, también tiene consecuencias sobre los pacientes, que resultan atendidos por profesionales agotados. Y también explica que los PAC del Sescam sean punto caliente de violencia grave contra los sanitarios, como hemos podido comprobar durante estos últimos años. Los pacientes acuden al PAC y demandan asistencia, pero desconocen que están ante un profesional agotado por las condiciones tercermundistas en que trabaja.

    El “wasap”

    Dado que el muro oficial es opaco y que desde los despachos (incluidos los de prevención de riesgos  laborales) se trabaja con energía para que esas normas no se conozcan y el trabajador siga ignorante de su existencia, tuvimos que recurrir a caminos paralelos que no figuran para nada en la circular 2/2011. Es decir, recurrimos al wasap. Nos referimos al wasap corporativo de los sanitarios PEAC.

    Así pudimos saber que esas normas de trabajo seguro específicas del puesto PEAC existen, y en concreto es la número 11, así codificada para el personal nocturno y a turnos / PEAC, de ahí quizás el interés de los despachos en no darlas a conocer puesto que implican determinada rotación (más saludable) en la organización de los turnos, y lo “saludable” no es algo que interese a nuestro servicio de salud, ni a nuestros servicios de prevención de riesgos laborales, al menos en lo que se refiere a los sanitarios PEAC.

    Supimos así (a través del wasap) que hay al menos dos centros de salud donde esas normas de trabajo seguro específicas del puesto PEAC son conocidas y por tanto debemos suponer que se aplican.
    Aquí se junta la opacidad con el trato desigual y la falta de coherencia. Amanece que no es poco.

    Ya decimos: en el Sescam la seguridad es lo de menos

    Esta actitud de desprecio, o incluso de hostilidad de un servicio de “salud” hacia la “salud” de sus sanitarios, nos da una idea del carácter y el nivel de nuestra gestión.

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