• Las claves del primer paseo después de 42 días sin salir

    Hasta los 13 años, el niño puede dar un paseo de una hora acompañado de un adulto sin alejarse más de un kilómetro de casa. Hoy se ha publicado en el BOE la Orden que regula las condiciones en las que deben tener lugar los desplazamientos por parte de la población infantil y que entrará en vigor este 26 de abril. Según establece el texto, los menores de 14 años podrán dar paseos controlados, acompañados de un adulto durante una hora al día, en un horario amplio para evitar aglomeraciones (entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche), a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a espacios recreativos infantiles al aire libre o instalaciones deportivas.

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    Infografía del Consejo General de Colegios de Enfermería.

    Consulte aquí la Orden del BOE

    El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niño. Durante el mismo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.

    La persona que acompañe a los menores deberá ser mayor de edad, convivir en el mismo domicilio que el niño actualmente, o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

    No podrán salir los menores que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico confirmado por COVID-19 o estén en período de cuarentena domiciliaria por haber estado en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de esta enfermedad.

    Respecto a los niños que residan en centros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo para personas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos serán las comunidades autónomas, respetando lo regulado en esta Orden, las que podrán, en el ejercicio de sus competencias en materia de protección y tutela de personas menores de edad, adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación de lo dispuesto en la misma.

    Beneficios

    Una salida controlada de la población infantil puede reportar beneficios asociados a un estilo de vida más saludable, prevenir algunos problemas asociados al mantenimiento prolongado del estado de alarma, como puede ser la mejora de la calidad del sueño o la síntesis de vitamina D, así como una mejora en el bienestar social o familiar.

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