• Sanidad aconseja limitar las reuniones a 4 personas

    Limitar a cuatro personas las reuniones sociales o establecer el toque de queda a las 10 de la noche. La Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades y ciudades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha acordado la propuesta de medidas frente al COVID-19 para Semana Santa que trasladará el próximo miércoles al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para su ratificación.

    reuniones cuatro personas

    El toque de queda empezaría a las 10 de la noche

    Si las autonomías dan el visto bueno, las medidas se aplicarían 14 días antes de Semana Santa

    Las medidas se tomarían persiguen limitar la movilidad y los contactos. Así, con carácter general se recomendaría no bajar el nivel de alerta en el que se encuentran las CCAA desde las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa, aunque los indicadores sean favorables y por tanto, mantener las medidas establecidas en ese momento.

    Respecto a la movilidad se ha acordado que se debe evitar todos aquellos viajes que no sean necesarios y se especifica que la movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las CCAA, salvo las excepciones reguladas en el Estado de Alarma mediante el Real Decreto 926/2020, en cuyo caso se recomienda una PDIA antes o a la llegada.

    El mismo documento señala y así se ha acordado que no se celebrarán eventos masivos que impliquen aglomeración o concentración. Y, que en concreto los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo y otras medidas establecidas, según el nivel de alerta de cada comunidad autónoma.

    En el conjunto de medidas también se ha acordado la limitación de reuniones en espacios públicos o privados a como máximo 4 personas en el exterior y en el interior y la limitación del derecho de movilidad desde las 22:00 hasta las 06:00 horas.

    “No salvamos semanas, salvamos vidas”

    El documento incluye como recomendación el desaconsejar expresamente la celebración de encuentros sociales en los domicilios o en otros espacios cerrados con no convivientes. Además, se considera pertinente hacer una campaña institucional para evitar la relajación de comportamientos bajo el lema “No salvamos semanas, salvamos vidas”.

    Residencias de mayores

    En la Comisión de Salud Pública de hoy también se ha aprobado el documento de “Adaptación de las medidas en residencias de mayores y otros centros de servicios sociales de carácter residencial en el marco de la vacunación”.

    En el mismo se recoge que “se debe informar a los residentes, trabajadores y familiares que, aunque existe un riesgo significativamente menor de padecer COVID-19 después de la vacunación, el riesgo no desaparece por completo ya que la vacuna no garantiza una protección total a todas las personas vacunadas”.

    Por lo tanto, “se debe continuar garantizando el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención, tales como el uso de mascarilla, lavado de manos y distancia de seguridad, así como una ventilación adecuada”.

    Así, “se permitirán las actividades grupales y el uso de las zonas comunes dentro del centro asegurando el cumplimiento del punto anterior y manteniendo las medidas de vigilancia contenidas en los Planes de Contingencia”.

    No se recomiendan cribados

    No se recomienda de forma general llevar a cabo cribados periódicos en residentes ni realizar serologías para verificación de la efectividad de la vacunación.

    Respecto a las visitas, salidas e ingresos “se flexibilizará el régimen de visitas y salidas tras una valoración individualizada de cada residente y de cada centro residencial”.

    En los nuevos ingresos, se garantizará la vacunación con la anterioridad suficiente y en aquellos con ingreso urgente se extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de vacunación.

    Personal trabajador de los centros residenciales

    Ese documento recomienda activamente la vacunación de los nuevos trabajadores y por lo tanto, no incorporarse en un centro residencial hasta haber completado su pauta de vacunación, salvo que sea estrictamente necesario. Si este es el caso, se programará su vacunación lo antes posible y extremarán las medidas de precaución hasta completar la pauta de vacunación.

    De forma general no se recomienda la realización de cribados periódicos entre los trabajadores vacunados, aunque cada CCAA, dependiendo de la situación epidemiológica podrá considerar su realización. Sí se recomienda la realización de PDIA tras periodos vacacionales u otras ausencias prolongadas especialmente si no han completado su vacunación.

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