• Sanitarios reclamarán que el COVID sea accidente de trabajo

    Las enfermeras y fisioterapeutas reclamarán ante la Justicia que sufrir COVID-19 sea considerado accidente de trabajo en todas las circunstancias.

    El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Castilla-La Mancha ha indicado que ha puesto sus servicios jurídicos a disposición de las enfermeras y fisioterapeutas afiliados a la organización para que puedan reclamar ante la Justicia el reconocimiento de su baja laboral por COVID como accidente de trabajo a todos los efectos y en todas las circunstancias.

    Han lamentado que el Real Decreto-Ley 19/2020 considera estas bajas como accidente laboral “en algunas situaciones”. Además, solo con posterioridad a su entrada en vigor, el 28 de mayo. Por ello, respaldarán a todos sus socios afectados que quieran recurrir este asunto en los tribunales.

    Dos vías de reclamación

    En concreto, hay dos vías principales de reclamación en función de si la baja se cursó antes de la entrada en vigor del decreto, el 28 de mayo, o después de esta fecha. Si fue anterior a la misma no se le reconoce directamente como accidente de trabajo.

    SATSE critica los plazos tan “restrictivos” que marca esta norma, ya que solo da cobertura a aquellos profesionales que tienen la baja desde el inicio del Estado de Alarma, el 14 de marzo, y hasta un mes después del final del mismo, el 21 de julio. “Es injusto y discriminatorio que el resto de enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas que se contagiaron con antes del 14  de marzo o que lo hagan después del 21 de julio”, indican.

    El profesional interesado se dirigirá al Servicio de Prevención y, paralelamente, realizará una reclamación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En caso de que el INSS desestime su solicitud, el sindicato facilitará al profesional la presentación también de la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social.

    De otro lado, el Sindicato insiste en que la solución es que el coronavirus se considere directamente como enfermedad profesional y que el SARS-CoV-2 sea incluido en el Grupo 4 dentro de la clasificación existente de agentes que provocan enfermedades profesionales.

    Beneficios

    Así, es posible acceder a determinados beneficios, como el de un incremento en la prestación económica percibida correspondiente al periodo de baja, así como a recibir mayor protección en caso de posibles recaídas a consecuencia de haber padecido la enfermedad, entre otras cuestiones.

    Por último, SATSE recuerda que más de 51.000 profesionales sanitarios se han contagiado hasta la fecha con esta grave enfermedad en nuestro país, de los que estima que en torno al 60% son profesionales de Enfermería.

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