El Colegio de Enfermería de Ciudad Real, a través de la Comisión de Bioética y Deontología, llevará a una charla taller sobre voluntades anticipadas. Será este viernes, día 20. Y estará centrado en el análisis del testamento vital. Un documento que recoge una definición del propio paciente sobre los cuidados que desea recibir en el tramo final de su vida.
Así, recuerdan que el testamento vital es un documento esencial en el proceso de la muerte de una persona que las leyes sanitarias, desde la Ley General de Sanidad en 1986, y la ley 41/2002 de 14 de noviembre básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, conocida coloquialmente como Ley de Autonomía del Paciente, insiste en su importancia y necesidad.
Este documento, que se conoce en Castilla La Mancha como Declaración de Voluntades Anticipadas, expresa las instrucciones que deben tenerse en cuenta acerca de la asistencia sanitaria que deseamos o no recibir en situaciones que nos impidan comunicarnos con nuestros seres queridos, y nos permite decidir sobre tratamientos médicos y cuidados.
Un desconocido
Casi treinta años después, este documento es aún el gran desconocido tanto para los profesionales sanitarios como para los usuarios de la sanidad. Para la secretaria de la comisión de Bioética del Colegio de Enfermería de Ciudad Real, Prado Sánchez-Molero Martín, “podríamos resumir diciendo que sanitarios y pacientes son reacios a ponerse ante su futura muerte y tomar decisiones de antemano”.
Entre las razones que esta profesional ve para realizar un testamento vital destaca “la importancia de anticiparse al caso de que no podamos expresar nuestra voluntad respecto a la asistencia médica; aliviar de la toma de decisiones a nuestros familiares y personas queridas, facilitar la tarea a los médicos y todo el personal sanitario que de esta forma tendrán clara la voluntad del paciente sin necesidad de acudir a familiares”.
Recientemente estamos asistiendo a un creciente protagonismo de la profesión de enfermería a la hora de garantizar la protección de derechos humanos en el marco de la bioética de los cuidados, a ello se refiere Prado Sánchez-Molero cuando afirma que “las enfermeras tenemos la obligación de garantizar la protección de los derechos humanos, cuya Declaración Universal suscrita por el Consejo Internacional de Enfermería recuerda en su artículo 1 que todos los seres humanos somos iguales en dignidad y derechos, también en el proceso de la muerte”.
En España, la tasa de declaraciones de voluntades anticipadas se sitúa en una media de 8.27 por mil habitantes. La comunidad autónoma de Navarra está a la cabeza con una tasa de 20.62 por mil, seguida de País Vasco, La Rioja y Cataluña, mientras que Castilla La Mancha se sitúa en un discreto índice de 4.63 por cada mil habitantes.