• Sanidad no puede limitar los velatorios a seis personas

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) no ha ratificado la medida recogida en la Resolución de la Consejería de Sanidad que limita en velatorios y comitivas fúnebres un máximo de 6 personas sin que se puedan intercambiar entre ellas.

    Hasta el 29 de enero, Castilla-La Mancha está bajo medidas de Nivel 3 reforzadas.

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sí ratifica las restricciones en residencias

    La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM no ha ratificado la medida recogida en la Resolución de la Consejería de Sanidad que limita en velatorios y comitivas fúnebres un máximo de 6 personas sin que se puedan intercambiar entre ellas, es decir que permanezcan las mismas 6 personas a lo largo de todo el tiempo que dure el velatorio o comitiva fúnebre.

    Entiende la Sala, en su Auto, que esta condición de no intercambio de las 6 personas que asisten a un velatorio afecta al derecho fundamental de reunión, restringiéndolo. El argumento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo es compartido por el Ministerio Fiscal en el informe preceptivo y previo a la resolución judicial.

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ratifica aquellas medidas contempladas en la Resolución de la Consejería de Sanidad, como la limitación de salidas en las residencias.

    Así, entre las medidas de la Consejería de Sanidad, que han sido ratificadas judicialmente para controlar los contagios se encuentran las siguientes:

    • No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar.
    • En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con COVID-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento.

    El TSJCLM también ratifica que los trabajadores se sometan a PCR

    • Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID19. Dicha medida afecta a los derechos de intimidad e integridad física.

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