• Enfermería podrá indicar y autorizar fármacos

    No habrá pie a la controversia con la vacunación de la gripe. El real decreto, que sienta sus bases en la colaboración entre las profesiones médica y enfermera, permite a los enfermeros “indicar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos de acuerdo con lo que se establezca en los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que se fijarán en la Comisión Permanente de Farmacia, ya creada”.   

    El nuevo real decreto resuelve las divergencias de interpretación surgidas en la aplicación del real Decreto 954/2015 respecto a los ámbitos competenciales de las profesiones médica y enfermera, especialmente en lo que respecta a la autonomía de la profesión  enfermera en el ámbito de su trabajo. 

    Así lo ha explicado la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, que ha mantenido hoy un encuentro con el presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez, y el presidente del sindicato de enfermería SATSE, Manuel Cascos, en el que les ha trasladado la aprobación por parte del Consejo de Ministros del real decreto por el que se modifica el RD 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. 

    La Comisión Permanente de Farmacia tiene ahora la última palabra

     “Hoy es un día importante para la profesión enfermera”, ha comentado María Luisa Carcedo respecto a la aprobación del decreto, “pero sobre todo para el Sistema Nacional de Salud porque hemos aprobado un decreto que regula un asunto con varios años de recorrido y que se ha conseguido aprobar gracias a acuerdos en varios ámbitos”. 

    La ministra ha destacado que la norma es el fruto del pacto entre la Mesa de la Profesión Enfermera y el Foro de la Profesión Médica, lo que representa “el punto de anclaje fundamental”, pero también de otros previos en la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial del SNS y de la Comisión Permanente de Farmacia.   

    La ministra considera que se resolverán las divergencias de interpretación del Decreto de Prescripción Enfermera

    María Luisa Carcedo ha indicado que “hoy es un día histórico, de celebración, y quiero felicitar y agradecer al personal de enfermería su trabajo cotidiano”, a quienes se ha referido como “el alma de la continuidad en la atención y los cuidados a las personas”. La ministra también ha tenido palabras para la profesión médica y el conjunto de trabajadores del SNS, “aunque hoy, especialmente quiero felicitar al personal de enfermería”.  

    Rodrigo Gutiérrez, director general de Ordenación Profesional; Manuel Cascos, presidente de Satse; María Luisa Carcedo, ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería.

    Competencias concretas y seguridad jurídica 

    La norma concreta las competencias de las enfermeras y los enfermeros en la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos y productos sanitarios. 

    De esta forma, se aporta seguridad jurídica al manejo de medicamentos que el colectivo de enfermería usa en su desempeño asistencial habitual (como son las vacunas, por ejemplo) a fin de garantizar la continuidad asistencial y la seguridad de los pacientes. 

    La norma recoge los aspectos registrados en el acuerdo que alcanzado en el seno del Foro de las Profesiones Sanitarias para la modificación del Real Decreto 954/2015.  Este pacto sentó las bases de las correcciones a introducir en el real decreto modificado gracias al pacto acordado entre los representantes de la profesión médica y enfermera.  

    Además de estos cambios, el real decreto también incorpora otras modificaciones derivadas de la necesidad de adaptarse a las recientes sentencias del Tribunal Constitucional que resuelve distintos conflictos de competencia planteados.

    Un comentario

    1. Cuando la Ministra habla de los protocolos ya conocidos y se centra en la VACUNACIÓN ANTIGRIPAL, precisa que no hay dudas, mayores de 65 años, inmundo deprimidlos, EPOC… pero, y el resto??? Por decisión propia o en pediatría que posiblemente sea donde mayor número de vacunaciones se realizan ( me sigo refiriendo a gripa) esas en qué supuesto entran???

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