El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dictado Sentencia, tramitada por la abogada Carmen Fernández-Bravo, de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, que estima el recurso presentado por los padres de un menor frente a la sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca. Así, se incrementa la indemnización al menor. El pequeño, a consecuencia de un error de diagnóstico y una atención contraria a protocolos y a la lex artis, perdió un testículo.
El TSJ de Castilla-La Mancha condena –con costas- al Sescam y a su compañía aseguradora a pagar una indemnización de unos 57.000 euros. Por los daños y secuelas derivados del error de diagnóstico. También a pagar los intereses desde la Reclamación administrativa.
El menor, que tenía 14 meses cuando fue diagnosticado de “maldescenso testicular derecho”, fue remitido al Hospital Niño Jesús de Madrid donde fue intervenido el 18/enero/2019. A los dos días del alta, el 20/febrero/2019, acudió al Centro de Salud Campillo de Altobuey (Cuenca) por presentar una gran inflamación y hematoma. Desde aquí, fue derivado al Complejo Hospitalario de Albacete, perteneciente al Sescam. Se le diagnosticó de escroto agudo.
En el Hospital fue atendido dos residentes y, desconociendo los antecedentes de la Especialista del Centro de Salud – Pediatra-, se le diagnosticó de “catarro de vías altas”. La sentencia considera que se ignoró el motivo principal del traslado y le dieron el alta. Esta es la actuación que la Sentencia valora de suma importancia, discrepando de los informes periciales de la Compañía de seguros, pues debieron efectuar las pruebas necesarias (una ecografía escrotal por lo menos) para conocer la causa que motivaba la consulta. Así lo denuncia el Defensor del Paciente.
A los dos días el menor y sus padres acudieron nuevamente al Centro de Salud. Se volvió a remitir al niño al Hospital con el diagnóstico de escroto agudo. Al llegar se le realizó una ecografía que ponía de manifiesto el absceso escrotal y la situación necrótica del testículo. Por ello, tuvo que ser extirpado. “La omisión de pruebas necesarias y el retraso en la atención sanitaria fue lo que originó el daño y la pérdida del testículo”, lamentan.
Ven mala praxis
Ese grave daño fue valorado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca en la cantidad de 20.920 euros aplicando la pérdida de oportunidad. Pero el Tribunal Superior de Justicia ha señalado que existe auténtica mala praxis por error de diagnóstico. Acreditando la relación de causalidad con el daño sufrido, elevando la indemnización. E impone al SESCAM y su aseguradora las costas de la 1ª Instancia por no haber resuelto de forma expresa tras la reclamación presentada.
La Sentencia destaca la severidad con la que han de cumplirse los protocolos médicos cuando se trata de menores. Más cuando son de corta edad, como en el caso que pueden expresarse peor o no pueden acerca de lo que les ocurre, valoran.
Consideran que “llama la atención que los profesionales que efectuaron la atención al pequeño, médicos residentes, hicieran una valoración especializada en urgencias sin que su trabajo fuera tutelado por los que tenían a cargo su formación”.