• Un suicidio como accidente laboral

    Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Albacete reconoce como accidente laboral el suicidio de un trabajador del Ayuntamiento de esta ciudad. La sentencia llega tras la denuncia del caso por parte de CCOO. Y el sindicato destaca que se trata de una sentencia “pionera” que pone sobre la mesa la importancia del análisis de los riesgos psicosociales en los puestos de trabajo.

    La víctima, un graduado social que estaba casado y tenía una hija, había estado un año de baja psicológica por una situación de “acoso” en su puesto de trabajo. Así lo expuso la secretaria provincial de CCOO, Carmen Juste, quien lamentó que en el momento de los hechos, en 2017, el Ayuntamiento de Albacete no contaba con evaluación de riesgos psicosociales. Esto hizo que fallaran los mecanismos de prevención laboral y que el final de la historia fuera trágico.

    El hombre que se suicidó, había estado de baja un año por Incapacidad Temporal, entre mayo de 2016 y 2017. La mutua y la Seguridad Social propusieron su alta. Él mostró su deseo de volver a trabajar, pero pidió que se le cambiara de puesto de trabajo, ya que no se veía en condiciones de incorporarse al mismo departamento en el que estaba, con un contrato como interino fijo.

    Sin el cambio que pedía

    Pese a que había informes médicos que aconsejaban ese cambio, no llegó a producirse y tuvo que reincorporarse a su puesto. Entonces dispuso los días de vacaciones y descanso acumulados y en agosto, al tener que volver a su puesto presentó una solicitud de baja médica por recaída.

    A comienzos de septiembre, la mutua y el Instituto de la Seguridad Social dictaminaron que estaba capacitado para trabajar. Él insistía en volver pero a otro puesto y contaba con informes médicos que así lo aconsejaban. Y es que según se acercaba su incorporación a su destino, su ansiedad empeoraba.

    El 25 de septiembre debía volver a su puesto de trabajo. Aunque eso nunca sucedió, ya que un día antes se quitó la vida.

    Aconsejadas por CCOO, su mujer y su hija denunciaron el caso para que se reconociera su muerte como accidente laboral. Y el Juzgado de lo Social 2 de Albacete les ha dado la razón, aunque contra la sentencia cabe recurso.

    Esta ‘victoria’ en los tribunales, que no les devolverá a su marido y su padre, al menos supone que tendrían unas pensiones de viudedad y orfandad mayores, así como el derecho a una indemnización.

    Juste insistió en la importancia de esta sentencia al reconocer que un suicidio también puede ser un accidente laboral, porque se desencadene por los riesgos psicosociales de un puesto de trabajo.

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