• Nace el Comité de Bioética de Castilla-La Mancha

    Castilla-La Mancha ha aprobado la creación y regulación de las funciones, composición y funcionamiento del Comité de Bioética.

    Imagen de archivo.

    Carácter consultivo en materia de ética asistencial

    El Comité de Bioética de Castilla-La Mancha se configura como órgano colegiado, sin personalidad jurídica propia, independiente y de carácter consultivo en materia de ética asistencial y de la investigación biomédica.

    El Comité estará constituido por 18 personas por un periodo de cuatro años, prorrogables por otros cuatro, designadas por la persona titular de la Consejería con competencias en materia de salud, al igual que sus suplentes.

    Las funciones del Comité son las de asesoramiento y orientación para emitir informes, recomendaciones y realizar estudios sobre aquellas cuestiones de carácter ético que tengan una especial repercusión o trascendencia en el ámbito sanitario regional.

    Comités de Ética Asistencial

    En Castilla-La Mancha, en julio de 2006, el Gobierno regional aprobó el Decreto 95/2006 de 17 de julio por el que se establecía el régimen de constitución de los Comités de Ética Asistencial (CEA) en los centros sanitarios del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), como órganos consultivos interdisciplinares para el análisis y asesoramiento en los conflictos éticos que pudieran suscitarse en la práctica clínica.

    En la actualidad, se encuentran constituidos siete Comités de Ética Asistencial en las siguientes gerencias de nuestro ámbito territorial: GAI de Toledo, GAI de Talavera de la Reina, GAI de Guadalajara, GAI del Complejo Hospitalario Universitario de Albacete, GAI de Ciudad Real, GAI de Puertollano, GAI de Cuenca y Hospital Nacional de Parapléjicos.

    ¿Por qué un Comité de Bioética de Castilla-La Mancha?

    En un comunicado, el Sescam explica que los profundos cambios sociales y culturales sufridos en los últimos años, la crisis sanitaria derivada del COVID-19, así como los continuos avances técnicos, están suscitando numerosas dudas y debates por su posible encaje o colisión con los principios que impone el respeto a la dignidad humana, lo que hace cada vez más necesaria la continua revisión de los postulados éticos que orientan la actividad sanitaria.

    Por ello, la Bioética, como disciplina aplicada al ámbito de las ciencias de la salud, se configura como herramienta indispensable para ayudar en la resolución de posibles conflictos de valores en este campo.

    Órganos de asesoramiento ante problemas éticos

    La constitución de un Comité de Bioética de Salud se enmarca en los postulados de la Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha, que establece en su disposición adicional cuarta que en el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha se promoverá la constitución y el funcionamiento de Comités de Ética Asistencial, como órganos de asesoramiento para la toma de decisiones que planteen problemas éticos y de fomento del respeto de los derechos de las personas que intervienen en la relación asistencial.

    Un órgano que pueda emitir informes

    De conformidad con lo dispuesto en esta ley, el presente decreto pretende dotar a la Comunidad Autónoma de un órgano que, con una composición multidisciplinar, esté facultado para emitir informes, recomendaciones y realizar estudios sobre aquellas cuestiones éticas que tengan una especial repercusión en el ámbito sanitario regional.

    Asimismo, el Sescam pretende también impulsar el desarrollo de la Bioética en la región, promover la creación de Comités de Ética Asistencial tanto en el ámbito de la sanidad pública y privada, asesorar en los aspectos relativos a los nuevos avances en investigación y, por último, informar a petición del órgano promotor, sobre los proyectos y disposiciones de carácter general que puedan tener incidencia en el campo de la Bioética.

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