• Sanidad decreta Nivel 3 en toda la provincia de Toledo

    La consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Toledo, ha decretado medidas especiales Nivel 3 en toda la provincia de Toledo. Así, las provincias de Albacete, Toledo y Ciudad Real se encuentran en Nivel 3, aunque esta última bajo medidas más restrictivas y cierre.

    Los rastreadores pueden recurrir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si se incumplen sus consejos

    • Cierra el interior de la hostelería en toda la provincia. Las terrazas, que estarán al 50%, cerrarán a las 22,00 horas.
    • Se clausuran locales cerrados como salas de juego.
    • Cierran museos y bibliotecas.
    • Seis personas en velatorios.
    • Se suspenden las visitas a residencias.
    • Los locales comerciales permanecerán a un tercio de su aforo.
    • Las iglesias y lugares de culto reducirán el aforo al 40%.

    Las UCI, al 35,9%

    En las semanas epidemiológicas 53 y 01, del 28 de diciembre al 10 de enero, se han declarado en la provincia de Toledo un total de 3.881 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 558,5 casos/100.000 habitantes.

    Argumentos

    La tasa de incidencia acumulada en la semana 01 de 2021 (311,6 casos por 100.000 habitantes), la incidencia acumulada en los últimos 14 días (558,5 casos por 100.000 habitantes), la razón de tasas entre las semanas 01 y 53 (+26%), las elevadas tasas de incidencia en personas con 65 y más años de edad (608,6 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años registrados en los últimos 14 días), el peso relativo de este grupo de edad sobre el total de casos (próximo al 20%), el elevado porcentaje de pruebas diagnósticas positivas (23,9%) y la situación de los indicadores de ocupación hospitalaria (el 35,9% de las unidades de críticos ocupadas por pacientes con COVID-19), se sitúan claramente muy por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha y en España.

    Medidas de Nivel 3 reforzadas

    Las medidas de Nivel 3 contemplan el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

    Se suspende la actividad en el interior (espacios cerrados) del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad.

    Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible, como es el caso de los servicios de hostelería de hospitales y clínicas.

    La hostelería cerrará las terrazas a las 22,00 horas

    Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

    Bodas, bautizos y comuniones

    Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 22:00 horas.

    Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 30 personas en espacio abierto, siempre adecuándose a las condiciones de porcentaje de aforo máximo permitido. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.

    También se decreta el cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

    Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

    Suspensión de visitas a residencias

    Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

    Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).

    Velatorios

    Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres (Sin que se puedan intercambiar entre ellas. Es decir, podrán permanecer como máximo las mismas 6 personas a lo largo de todo el tiempo que dure el velatorio o comitiva).

    Lugares de culto

    Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.

    Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.

    Suspensión de eventos culturales

    Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

    Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.  En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.

    Competiciones deportivas

    Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

    Las visitas guiadas a monumento y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.

    Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50% por ciento del habitual.

    Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios

    También se procede al cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.

    Se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de seis personas.

    Los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.

    En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 20% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores.

    Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad. Cierre de piscinas comunitarias de bloques de edificios.

    Mercadillos

    Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

    Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.

    Comercio

    En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo. Con vistas a facilitar el control de aforo, aquellos establecimientos, superficies o centros comerciales que dispongan de plazas propias de aparcamiento, deberán anular el 70% de las mismas.

    Taxis y autobuses

    Se limitará al 50% la ocupación de autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.

    Estas medidas reforzadas para la provincia de Albacete implican el aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara en casos concretos.

    Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus.

    Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

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