• Las elecciones generales frenan la Ley de Olvido Oncológico

    La Ley de Olvido Oncológico, que permitirá borrar el cáncer del historial de un paciente recuperado, para que no sea una traba para encontrar un trabajo o contratar un seguro, se ‘congela’ con el anuncio de elecciones generales para este 23 de julio. De hecho, la nueva norma, adaptación al reglamento europeo, tendría que entrar en vigor este verano.

    Las elecciones generales del 23 de julio frenarán la tramitación de la Ley de Olvido Oncológico, que tendría que entrar en vigor este verano.

    El BOE publicaba recientemente el olvido oncológico para renovar el carné de conducir

    Así, este 31 de mayo estaba prevista una reunión en el Senado con las asociaciones que han impulsado la Ley de Olvido Oncológico, frenada ahora por el anuncio de elecciones generales para el 23 de julio en España. Detrás de esta reivindicación están, entre otras, la Asociación Española contra el Cáncer, la Federación Española de Padres de Niños con Cáncer, el Grupo Español de Pacientes con Cáncer, la Asociación Marco Luna y la Asociación de Afectados de Cáncer de Ovario.

    Cinco años sin recaída

    Iba a reflejar, por ejemplo, que el tomador de un seguro de vida no esté obligado a declarar si él o el asegurado han padecido cáncer transcurridos cinco años desde la finalización del tratamiento sin recaída posterior.

    Además, se iba a establecer la “no discriminación por razón de VIH/SIDA, por haber padecido un cáncer o por otras condiciones de salud”, así como prohibir expresamente “la denegación de acceso a la contratación, el establecimiento de procedimientos de contratación diferentes de los habitualmente utilizados por el asegurador o la imposición de condiciones más onerosas, por razón de tener VIH/SIDA, o por otras condiciones de salud, salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente”.

    En ningún caso podrá denegarse el acceso a la contratación, establecer procedimientos de contratación diferentes de los habitualmente utilizados por el asegurador, imponer condiciones más onerosas o discriminar de cualquier otro modo a una persona por haber sufrido una patología oncológica, una vez transcurridos cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior.

    Una resolución del Parlamento Europeo de 2022

    De esta forma, la citada ley, que se queda en tramitación, tenía previsto hacer efectivo el “derecho al olvido” oncológico, en cumplimiento de la Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2022.

    Las empresas hubiesen contado con nueve meses desde la entrada en vigor de dicha norma, que ahora ‘congelan’ las elecciones generales del próximo 23 de julio.

    ¿Qué implica el derecho al olvido oncológico?

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